Rodrigo Acosta

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ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DE E.T.B. DEL 29 DE MARZO DE 2010

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ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DE E.T.B. DEL 29 DE MARZO DE 2010

RECHACÉ LA PRIVATIZACIÓN DE LA EMPRESA Y LA NO DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS

 

     

Instalada la asamblea de accionistas de E.T.B.  por parte del Alcalde Samuel, se dió curso al orden del día previsto, en donde se aprobaron los estados financieros, el informe de gestión de la Junta Directiva de E.T.B., el informe y dictamen de la revisoría fiscal y asi mismo se modificaron los estatutos de la Empresa.

 

Se aprobó en forma mayoritaria que no se distribuirán dividendos con lo cual, las utilidades del ejercicio del 2009 calculadas en un poco mas de $202 mil millones de pesos no van a fortalecer el PLAN DE DESARROLLO DE LA CIUDAD ni se pagaran dividendos a los socios minoritarios, dicho de otra forma la plata queda en manos de quien controle la empresa. D

Denuncié dicho error en constancia expresa y recordé como ante solo el anunció del día 13 de marzo se hizo bajar el precio de las acciones con lo cual se impacta negativamente el valor de ETB.

 

Tuve la oportunidad de dejar diversas constancias y presentar varias propuestas las cuales doy a conocer. Quiero  alertar que el proceso de privatización de E.T.B. a través del mecanismo de búsqueda de un inversionista estratégico sigue adelante y que  la forma de detenerlo debe ser la fuerte movilización social de trabajadores y comunidad.

Al dialogar a la entrada del recinto del Centro de Convenciones en Cafam la Floresta con el Alcalde le recordé que estaba cometiendo un error histórico por unos pocos recursos que se pueden conseguir mediante préstamos en el mercado financiero, le indique que si el valor era el que algunos corredores de bolsa ya habían anunciado de cerca un máximo  de US$1.350 millones de dólares,  por  el 38% más el control operativo de E.T.B. , nos encontramos frente a un grave riesgo al patrimonio que eso es privatizar y que además la ciudad pierde.

 

Desde luego que propuse cancelar el proceso de privatización y que la Asamblea de accionistas se pronunciara, la votación como era de esperarse fue de negar la petición. Quiero recordar que con solo el voto de una persona la delegada del Alcalde ya se tiene un 86%.

 

En los próximos días acudiré a la Procuraduría y Contraloría y debemos continuar con el debate público en el Concejo de Bogotá.  Desde luego con fuerza persistir en la organización y movilización ciudadana y eln el debate político.

 

A continuación la propuesta y constancia principal que les propongo sea difundida,  las otras serán alojadas asi mismo en la web www.rodrigoacosta.com

 

 

PROPOSICIÓN Y CONSTANCIA

 

 

Los suscritos asistentes a la ASAMBLEA DE ACCIONISTAS de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá E.T.B. del 29 de marzo de 2010, que suscribimos el presente documento nos permitimos solicitar se  proceda a adicionar el informe de la Junta Directiva de E.T.B. y el informe y dictamen de la Revisoría Fiscal a cargo de la firma Deloitte y se proceda a la suspensión y cancelación del proceso de vinculación de un inversionista estratégico para E.T.B. y en tal sentido se reverse y modifique la decisión adoptada el pasado 27 de marzo de 2009, considerando los siguientes elementos substanciales:

 

 

 

1.     La asamblea de accionistas como máxima autoridad no tuvo la oportunidad de conocer las diversas alternativas diferentes a las de capitalizar y que ahora se plantean supuestamente fueron estudiadas por la Junta Directiva de E.T.B. órgano que depende de la Asamblea de accionistas y que no fueron consideradas por la máxima instancia.

 

2.     La decisión adoptada por la asamblea de accionistas se basó en  argumentos traídos en forma general por la Banca de Inversión  Santander Investment Valores Colombia relacionados con las necesidades de inversión, la limitación de recursos, las economías de escala, la competencia y los resultados financieros. Pero en dicho examen  se dejó de apreciar la implementación de avanza tecnología de E.T.B. y las nuevas potenciales oportunidades de prestación de todos los servicios de telecomunicaciones del Proyecto de Ley en debate que culminó con la  Ley 1341 de julio de 2009. En ningún momento presentó en su análisis las nuevas realidades y la posibilidad de que E.T.B pudiera obtener la autorización general para la prestación de los nuevos servicios de telecomunicaciones que la competencia venía prestando y que de haberse hecho hubiera dado un horizonte ampliamente optimista y creciente al flujo de caja futuro de la E.T.B. y los estados financieros.

 

3.     Es mismo ex presidente de E.T.B. Rafael A. Orduz Medina, en la declaración en el juzgado 38 donde cursa la acción popular, afirma “en un mercado en que, de acuerdo con la Ley de Tic, participan en igualdad de condiciones los diferentes oferentes de servicios de telecomunicaciones” olvidó informar que había existido una asimetría regulatoria en donde E.T.B. igual que otras operadoras se encontraban “amarradas” aunque tuvieran los recursos pues o no tenían las autorizaciones o licencias para prestar los nuevos servicios de telecomunicaciones aunque incluso por ejemplo tuvieran las frecuencias usadas para la telefonía móvil o no se tenía claridad legal por ejemplo sobre la legislación para la prestación del servicio de televisión por protocolo internet - TV IP-, ni podía prestar tampoco banda ancha inalámbrica ni los servicios de movilidad, y existía aún el pago desequilibrado en las llamadas celulares que se había convertido en un uso desequilibrado de la infraestructura con pago inadecuado por los operadores celulares. Todo lo cual ha quedado superado.

 

4.      Y sucede que en primer lugar E.T.B. asumió en uno de los ejes del  Plan estratégico la necesidad de enfrentar las asimetrías regulatorias y delegó a varios de sus más altos funcionarios para interactuar en el Congreso en forma permanente en los meses de mayo y junio de 2009, espacio en el cual éste servidor venía participando desde el año 2008 siendo en esos meses asesor ad-honorem de la bancada del Polo Democrático PDA máxime que el ponente de dicha Ley fue el Senador Alexander López Maya electo por el PDA. Pero sucede que la asamblea de accionistas se había ya realizado el 27 de marzo de 2009 en forma previa a los debates centrales de la hoy Ley 1341 de 2009.

 

5.     Sucede que adicionalmente E.T.B. en la actualidad se encuentra tramitando la autorización para la prestación del servicio de banda ancha inalámbrica (2.5) para competir con las operadoras Movistar, Comcel y Tigo, servicio que tampoco antes podía prestar y desarrollando otras actividades similares que antes no podía hacer.

 

6.     El estudio de la Banca de Inversión Santander Investment Valores Colombia  en ningún momento explicó en la asamblea de accionistas, que se adelantaba en el Congreso el debate de tan importante Ley 1341 de 2009. Hacemos una breve reseña del impacto positivo a favor de E.T.B. que no fue considerado ni mucho menos expuesto o referenciado en la asamblea de accionistas por la banca de inversión:

a.     La habilitación general para los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones que es un servicio público bajo la titularidad del Estado, permite ahora a las empresas publicas como E.T.B. la prestación de todos los servicios de telecomunicaciones: telefonía móvil, wimax móvil o banda ancha inalámbrica para usos corporativos por 2.5 u otra frecuencia, asi como por 3,5 G, televisión TVIP, todos los servicios de valor agregado, servicios satelitales, contenidos y entretenimiento, asi como ingresar a la industria sectorial. (Artículo 10 de la Ley).

b.     Se hará el pago justo en el uso de las infraestructuras de las empresas, como E.T.B. esto frente al uso indiscriminado e inequitativo que se ha venido haciendo por los operadores entrantes y los mismos operadores celulares en tal sentido la desagregación de la red tendrá una barrera que es el pago real de los costos. Las entidades de orden nacional y territorial están obligadas a adoptar todas las medidas que sean necesarias para facilitar y garantizar el desarrollo de la infraestructura requerida, estableciendo las garantías y medidas necesarias que contribuyan en la prevención, cuidado y conservación para que no se deteriore el patrimonio público y el interés general. (Artículo 2, numeral 3 de la Ley).

c.     La neutralidad tecnológica aplicada al uso del espectro permite a todo operador hoy prestar los servicios móviles terrestres incluida la telefonía móvil celular, sin que para ello se requiera autorización expresa alguna abriéndose a la competencia el monopolio de la telefonía móvil celular. En este sentido E.T.B.  podrá prestar los servicios fijos y móviles haciendo uso de los permisos de uso de las frecuencias radioeléctricas. Así mismo las frecuencias asignadas para Wimax fijo se podrán usar para la prestación de los servicios de banda ancha inalámbrico móvil y demás servicios que se puedan soportar sobre esta.

d.     Asi mismo los pagos del espectro se realizan al momento de la asignación o renovación en tal sentido ETB tendrá un ahorro cercano a los 11 mil millones de pesos. (Artículo 11, 12 y 13 de la Ley ).

e.     Las empresas podrán iniciar la prestación de la televisión basada en protocolo IP, ello considerando la habilitación general. La televisión por suscripción  que corresponde a las decisiones de la Comisión Nacional de Televisión se asignaran en breve plazo, y favorecerá a E.T.B. y Emcali  empresas que se encuentran inscritas en el registro único de proponentes con solicitud de dichas licencias. (Artículo 10 de la Ley).

f.      Se recupera el déficit entre los subsidios y las contribuciones que pesaban negativamente contra las empresas prestatarias de los servicios de telefonía pública básica conmutada como producto del desbalance producido por la Ley 812 de 2003 y que suma hoy a favor un valor aproximado a 150.000 millones de pesos. Dicha suma se deberá empezar a pagar en el 2009 y los siguientes dos años. En todo  caso la Nación  pagará a las empresas el déficit entre subsidios y contribuciones derivados de la expedición de la Ley 812 de 2003 del Plan Nacional de Desarrollo, en las siguientes tres (3) vigencias a partir del 2009, suma que para E.T.B. podría alcanzar los 80 mil millones de pesos, a lo que se debe adicionar el déficit pendiente producido entre el año 1994 y el año 2003 que deberá ser reclamado por los caminos judiciales por parte de E.T.B. o podríamos incluso insistir en la gestión legislativa para que por Ley se reconozca dichos créditos. E.T.B. habría ya solicitado a la fecha la recuperación de al menos $34 mil millones de pesos.

g.     Se da inicio a la financiación de los servicios de banda ancha para los estratos 1 y 2 con recursos del Fondo de Comunicaciones y con la operación y gestión  en el caso regional por E.T.B.

h.    A partir de la vigencia se otorgo un nuevo derecho al uso de las TICS para la educación en desarrollo del los artículos 20 y 67 de la Carta política. (Artículo 2, numeral 7).

i.      Se garantiza la naturaleza jurídica de las empresas de servicio público prestatarias de los servicios de TPBC y para tal efecto se da continuidad al articulo 17 de la ley 142 de 1994, en igual sentido se mantiene el carácter de esencial a los servicios de Telefonía Pública Básica Conmutada local y los servicios móviles rurales. (Artículo 73 de la Ley).

j.       Se garantiza  la exención en el pago de la renta presuntiva para los servicios de telefonía pública básica conmutada y los servicios de telefonía móvil en el sector rural como lo contemplaba la Ley 142 de 1994. Significa un ahorro anual aproximado para las empresas públicas de $100.000 millones, para E.T.B. de unos 30 mil millones al año. (Artículo 73 de la Ley).

k.     Se agilizan los procesos de contratación por ejemplo para la adquisición de tecnología, así como los actos y las operaciones de crédito, factores que se venían argumentando para promover la privatización y escisión de las telecomunicaciones. (Artículo 55 de la Ley).

l.       La libertad de precios permite a las empresas públicas presentar ofertas competitivas y empaquetar los servicios de telecomunicaciones.

7.         Tenemos conocimiento que el modelo de capitalización que se pretende aplicar en E.T.B.  es el desarrollado en la Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá y es innegable que se han producido innumerables procesos de descapitalización, que sumaron hasta el 2004 la suma cercana a los $3,8 billones de pesos,  cerca del 90% de lo capitalizado y que benefició a los estrategas financieros y los supuestos inversores y llevó a la pérdida de  cerca del 50% de la propiedad y el control de la empresa y también cerca del 50% de las utilidades, más el daño causado por la desvinculación masiva de trabajadores y el aumento tarifario.  De esta forma nos encontramos frente al grave riesgo de futuras descapitalizaciones en E.T.B. que pone en riesgo el patrimonio público y los derechos colectivos de trabajadores y usuarios.


8.         Dejamos constancia en la presente ASAMBLEA DE ACCIONISTAS sobre las dudas que se ciernen alrededor de las actuaciones de la firma BRIGARD @URRUTIA ABOGADOS  quienes son actuales asesores externos del proceso de capitalización de E.T.B. ya que son quienes asesoraron a ENERSIS S.A., CHILECTRA (Luz Bogotá que capitalizó ENDESA) y la firma CAPITAL ENERGIA ( que capitalizó ENGESA) empresas creadas cada una con 500 mil y un millón de pesos respectivamente y que a los quince días de creadas se apropiaron el 15 de septiembre de 1997 de cerca del 49% y el control de las principales actividades de la Estatal Empresa de Energía Eléctrica y asi también asesoraron a VIVENDI la firma francesa en el proyecto TIBITOC, con las consecuencias negativas contra la ciudad, la Empresa, los usuarios y trabajadores. Adicionalmente dicha firma fue controvertida en el debate de control político adelantado en el senado de la República por los hechos de CARBOCOL.

 

9.         Dejamos constancia en la presente ASAMBLEA DE ACCIONISTAS sobre las dudas en cuanto a la pertinencia y calidades que se ciernen también sobre la banca de inversión Santander Investment Valores Colombia, ya que siendo participes de la UNION TEMPORAL SANTANDER INVESTMENT en la asesoría a la FEN en el proceso de ECOGAS valoraron en dos billones doscientos mil pesos, o sea 47,73% por debajo del valor que finalmente se recibió y porque presentaron experiencia que no eran de ellos y presentaron una revisoría fiscal como persona jurídica y no natural. Así mismo  Santander Investment Valores Colombia tuvo críticas por la Superintendencia de Sociedades en la valoración de CONDENSA en el año 2002 por el inadecuado método de valoración y porque no tenía facultades dentro de su objeto social.

 

10.      La Banca de Inversión afirma  que “ … las inversiones en CAPEX sobre ingresos de ETB alcanzan un 30%, cifra que es superior a la de todas las compañías analizadas y que excede ampliamente el promedio de las compañías tanto latinoamericanas como europeas.  Ahora bien esta situación es consecuencia directa del tamaño de la compañía que no le permite obtener descuentos mayores por escala en equipos ni tecnologías y hace que ETB sea menos competitiva frente a las compañías del sector…”  Pero la realidad es otra: E.T.B. tiene una importante economía de escala a nivel regional que alcanza cerca del 40% de teledensidad o sea las dos millones de líneas sobre los  5,5 millones de habitantes, prestando los servicios en un nicho de mercado y en un área geográfica con población densa, que le permite obtener un alto margen operacional y por lo tanto altas inversiones. Es asi como E.T.B. ha hecho inversiones en el 2008 y el 2009 superiores a los 413 mil millones por año y planea inversiones de $450 mil millones en el 2010.

 

 

11.     Nos encontramos frente a un grave peligro de subvaloración de la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTA E.T.B. por las consideraciones anteriores por lo que sería conveniente cancelar definitivamente el proceso de búsqueda de un socio estratégico

 

12.     Proponemos a cambio proceder a adelantar EL PLAN B anunciado por el mismo Presidente de E.T.B. en la REVISTA DINERO  en la página 42 en la edición del 19 de marzo de 2010 ya que E.T.B planea invertir $450 mil millones de pesos en nueva tecnología, fortalecer la banda ancha y podría incursionar en la prestación de los nuevos servicios de telecomunicaciones como la TV IP, LA MOVILIDAD, LOS CONTENIDOS Y ENTRETENIMIENTO, LA MOVILIDAD POR 2.5 Y OTROS SERVICIOS.

 

Con  copia a CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA Y PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN:

 

SUSCRIBE

 

NOMBRE                                                                  FIRMA

  RODRIGO H. ACOSTA B.

 

 

Última actualización el Martes, 30 de Marzo de 2010 09:36  

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